El juzgado de lo social número 11 de Madrid ha desestimado la demanda interpuesta por RTVE contra el Comité General Intercentros (CGI) por la huelga convocada por este sindicato el pasado 31 de julio de 2007. El CGI convocó este paro debido a la "alteración" de los acuerdos contemplados en el convenio colectivo que, a su entender, ejercía la Corporación.
Por su parte, RTVE presentó el pasado 14 de julio una petición de "ilegalidad" de la huelga convocada al considerar que el CGI carecía de "legitimidad" para solicitarla. Asimismo, consideró que la demanda interpuesta en otro juzgado por CC.OO. contra la Corporación en la que ya se tramitaba el conflicto colectivo impedía acudir a la vía de la huelga.
Sin embargo, la sentencia señala al CGI como el "máximo órgano representativo y colegiado del conjunto de los trabajadores de RTVE" y, por lo tanto, "legitimado" para la defensa de sus "intereses colectivos y personales".
Respecto a la demanda de conflicto colectivo presentada por CC.OO, el juez asegura que esta solicitud únicamente circunscribe al personal adscrito al Canal 24 Horas. En este sentido, asegura que la huelga convocada por el CGI es "más amplia" tanto en el ámbito personal como territorial.
Así, asegura que en el ámbito personal abarca a todos los trabajadores de Torrespaña, mientras que en el territorial recoge más aspectos como turnos de trabajo, retribuciones o periodos de descanso.
Por último, el juez asegura que competerá a los órganos judiciales la identificación de los verdaderos motivos de esta huelga, ya que podrán "coincidir o no" con el texto de preaviso.
FUENTE: EUROPA PRESS
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